Objeto de la subvención
El Programa de Bonos de Innovación trata de desarrollar un programa de apoyo a la innovación y el emprendimiento en las PYMES, mediante pequeñas subvenciones en forma de “Bonos de Innovación” (INNOBONOS) destinados a la adquisición de servicios de asesoramiento, asesoramiento, tutorización y vigilancia tecnológica, consultoría, desarrollo, soluciones TIC,
transferencia de conocimiento, certificación de normativas, etc., que permitan y faciliten la introducción de innovaciones en los procesos de negocio de las PYMES Canarias, que mejore su posicionamiento tecnológico a través de la contratación de servicios tecnológicos a proveedores especializados.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las subvenciones reguladas por las bases de esta convocatoria, las empresas válidamente constituidas, y los profesionales autónomos, que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Servicios a subvencionar
Los servicios a subvencionar mediante la presente convocatoria, cuya descripción se indica en el anexo de la Orden nº 7, de 30 de julio de 2019, son los siguientes: (asesoramiento y consultoría externa. No se subvenciona la compra, adquisición, alquiler o reforma. Sólo el asesoramiento externo de alguno de los siguientes servicios)
Servicio 1. Implantación de soluciones de gestión empresarial.
Servicio 2. Desarrollo de estrategia on line en la empresa.
Servicio 3. Transferencia de conocimiento.
Servicio 4. Asesoramiento en Gestión de la I+D+i.
Servicio 5. Asesoramiento para la preparación de propuestas de proyectos de I+D+i a convocatorias de carácter nacional o internacional.
Servicio 6. Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa.
Servicio 7. Industria 4.0.
Cantidad e intensidad de la ayuda
La intensidad de la ayuda será de un máximo del 70% del coste elegible del servicio, con un máximo de 20.000 euros, excepto para los servicios que se relacionan para los que el coste máximo subvencionable será:
• Servicio 2.1: coste máximo subvencionable 12.000,00 euros. (Se refiere a comercio electrónico y marketing digital: análisis inicial, desarrollo e implantación de soluciones tecnológicas necesarias para la comercialización y promoción de sus productos y servicios a través de Internet).
• Servicio 2.2: coste máximo subvencionable 12.000,00 euros. (Se refiere a desarrollo e implementación de aplicaciones móviles: de sistemas internos o de comercio electrónico. Incluye el análisis de viabilidad, las especificaciones de diseño, el desarrollo e implantación, así como la explotación).
Plazo de presentación de solicitudes
a) Primer procedimiento:
• Plazo de presentación de solicitudes: de las 9:00 horas del 5 de septiembre de 2019 hasta el 19 de septiembre de 2019.
• Importe máximo a otorgar: 2.100.000 euros; 950.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 LA 157G0059 “Bonos de innovación para pymes” y 1.150.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 LA 157G0061 “Desarrollo de la economía digital”.
b) Segundo procedimiento:
• Plazo de presentación de solicitudes: del 1 al 15 de diciembre de 2019.
• Importe máximo a otorgar: 100.000 euros, que podrá incrementarse, en su caso, con los créditos no aplicados en el primer procedimiento. De este importe, 50.000 euros serán con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467B.770.02 LA 157G0059 “Bonos de innovación para pymes” y 50.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.17.467C.770.02 LA
157G0061 “Desarrollo de la economía digital”.
Instrucciones y recomendaciones
Lo primero que recomiendo es abrir el siguiente archivo «infografía-INNOBONOS-2020» que encontrarás a continuación. En el apartado «actuaciones» de la segunda página, verás los servicios subvencionables. Sólo se podrá solicitar uno por solicitud aunque una empresa podrá solicitar varias pues no indica límite pero en cada solicitud, sólo irá un servicio. La convocatoria es la resolución que establece las condiciones en último término, si hubiera definición o contradicción con las bases En este caso hay una modificación de bases que deroga el Anexo IV que es donde se describen los servicios. Por tanto, la convocatoria es la que describe en este caso los servicios subvencionables además de establecer un límite de subvención máximo para los servicios 2.1 y 2.2. Adjunto además un documento de preguntas frecuentes de años anteriores pero que es válido para algunas dudas comunes.
Cumplimenta el formulario a continuación y te ayudaremos a definir si el proyecto encaja y cómo presentarlo.
Mi recomendación es que visto lo anterior, cumplimenten el formulario donde en su segunda parte, indicarán el tipo de proyecto que se pretende hacer para poder atender las solicitudes de información de forma concreta.
Dónde presentar la solicitud de INNOBONOS
La solicitud debe presentarse de forma telemática en la sede electrónica de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información. Es necesario tener un certificado digital válido del administrador, representante o de la empresa.
Las solicitudes se firmarán, mediante los sistemas de firma electrónica relacionados en el artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, o norma que la sustituya. El DNIe o los certificados electrónicos deberán corresponder al solicitante o a sus representantes legales.
La aplicación informática impedirá la presentación de una solicitud usando un certificado electrónico distinto. Una vez registrada la solicitud el solicitante obtendrá del sistema el recibo de la presentación de la solicitud que incluirá la fecha y hora de presentación.