INNOBONOS es un programa de apoyo a la innovación empresarial mediante subvenciones destinadas a la adquisición de servicios de asesoramiento, tutorización y vigilancia tecnológica, consultoría, desarrollo, soluciones TIC, transferencia de conocimiento, certificación de normativas, etc., que permitan y faciliten la introducción de innovaciones en los procesos de negocio de las empresas canarias, que mejore su posicionamiento tecnológico a través de la contratación de servicios tecnológicos a proveedores especializados.
Índice de contenidos
2. ¿Quién puede pedir INNOBONOS? Beneficiarios
3. ¿Qué subvenciona INNOBONOS?
4. ¿Qué NO será subvencionable en INNOBONOS?
5. ¿Cuantía de la subvención INNOBONOS?
6. Cuestiones a tener en cuenta
1. ¿Qué es INNOBONOS?
INNOBONOS es una subvención del Gobierno de Canarias para hacer proyectos innovadores que mejoren la competitividad y la productividad.
Plazo de presentación: del 31 de marzo de 2021 a las 9:00 horas hasta el 14 de abril de 2021 a las 14:00. Se evalúan por orden de entrada así que es importante presentar cuanto antes.
2. ¿Quién puede pedir INNOBONOS? Beneficiarios
Empresas válidamente constituidas y profesionales autónomos que realizan su actividad en Canarias. Esto quiere decir que el alta de autónomos o de la empresa debe ser en Canarias y no que desde otra parte de España vendas o des algún servicio en Canarias. Esto es alta en el IGIC, seguridad social, impuestos en la Comunidad Autónoma de Canarias.
3. ¿Qué subvenciona INNOBONOS?
INNOBONOS sólo subvenciona servicios de proveedores externos. Ese servicio externo será el gasto subvencionable total. Serán subvencionables la implantación de sistemas o medidas para el fomento de la innovación y para el desarrollo de la economía digital, especialmente los servicios de asesoramiento, consultoría y asistencia técnica en innovación empresarial e implantación de sistemas basados en TIC.
Se consideran actuaciones a subvencionar las que versen sobre las siguientes temáticas. En cada convocatoria se podrán incorporar actuaciones:
- Consultoría y asesoramiento en materia de investigación, desarrollo, innovación y nuevas tecnologías.
- Aplicaciones y sistemas de gestión empresarial.
- Desarrollo de estrategia on-line de la empresa.
- Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa.
En cada convocatoria se especificarán cada uno de los servicios subvencionables y las condiciones particulares para ser admitidos.
En esta convocatoria 2021, los servicios subvencionables son los siguientes, los cuales pueden ver en este artículo, teniendo el servicio 2 una subvención máxima de 12.000€ para esa convocatoria como ejemplo:
- 1. Implantación de soluciones de gestión empresarial
- 1.1 Implantación de sistemas integrados de información o planificación de recursos empresariales (ERP: Enterprise Resource Planning).
- 1.2 Implantación de sistemas de gestión de las relaciones con los clientes (CRM: Customer Relationship Management).
- 2. Desarrollo de Estrategia on line en la empresa
- 2.1 Comercio electrónico y marketing digital (coste máximo subvencionable de 12.000€)
- 2.2 Desarrollo e implementación de aplicaciones móviles (coste máximo subvencionable de 12.000€) *Esto significa un proyecto de 12.000€ con una subvención máxima de 8.400€.
- 3. Transferencia de conocimiento
- 4. Asesoramiento en Gestión de la I+D+i
- 5. Asesoramiento para la preparación de propuestas de proyectos de I+D+i a convocatorias de carácter nacional o internacional
- 6. Incorporación de tecnologías innovadoras TIC a la empresa
- 7. Industria 4.0.
4. ¿Qué NO será subvencionable en INNOBONOS?
- En ningún caso serán subvencionables las actuaciones rutinarias de las empresas para la mejora de la calidad de productos, el aumento de las capacidades de producción o servicio, modificación o adaptación de procesos productivos o productos existentes que no supongan una innovación sustancial.
- No se subvenciona hardware, equipamiento, licencias de software o gastos de personal interno, así como impuestos indirectos, alquileres, y otros tipos de gastos descritos en el artículo 2 de las bases reguladoras.
5. ¿Cuantía de la subvención INNOBONOS?
El coste del proyecto susceptible de la ayuda se considera el gasto subvencionable. Sobre ese gasto, podremos obtener una subvención del 70%. El máximo de subvención (ese 70%) será de 20.000€, aunque se podrá establecer en la convocatoria una cantidad menor para algunos de los servicios, como el tipo de servicio 2 y comentado en el punto 3 de este artículo. Por ejemplo, pongamos que estamos en un caso donde la subvención máxima sea 20.000€.
- Caso 1: proyecto subvencionable de 10.000€, tendría una subvención de 7.000€, es decir, el 70% de 10.000.
- Caso 2: proyecto subvencionable de 28.571,42€, tendría una subvención de 20.000€, que es el 70% del proyecto y a su vez, 20.000€ es la subvención máxima en Euros.
- Caso 3: proyecto subvencionable de 30.000€, tendría una subvención de 20.000€, ya que es el máximo de subvención aunque no llegue al 70% de 30.000€.
- Caso 4: servicios 2.1 (Comercio electrónico y marketing digital) y 2.2 (Desarrollo e implementación de aplicaciones móviles). Proyecto de 12.000€, subvención de 8.400€.
En cualquier caso, hay que tener en cuenta que si el proyecto, que consiste en todo caso en un servicio externo, es igual o superior a 15.000€, (Art. 118 de La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público), la solicitud deberá ir acompañada de al menos 3 ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación del servicio, habiéndose elegido la más ventajosa, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. (Art. 31.3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones).
6. Cuestiones a tener en cuenta
- En INNOBONOS se tiene en cuenta la prelación de las solicitudes válidamente presentadas. Esto quiere decir que no se establecerá un varemos de puntuaciones a efectos de su concesión. Se evalúan las solicitudes por orden de presentación, de forma que si cumplen los requisitos para ser subvencionadas, se concederán por orden de entrada. Es muy importante por tanto presentar la solicitud bien y lo antes posible desde que comienza el plazo de presentación de solicitudes.
Por tanto, hay que tener las solicitudes preparadas, los presupuestos bien detallados, las memorias bien confeccionadas y los documentos de la entidad solicitante y del proveedor para presentarlas lo antes posible. El orden de presentación es clave en INNOBONOS.
- No se podrá ser a la vez proveedor y beneficiario. Esto quiere decir que no podemos ser el proveedor de una entidad que solicita un INNOBONO y a la vez solicitar la subvención para nosotros. O somos proveedores o somos beneficiarios que solicitan la subvención pero no ambas cosas. Si ya hemos sido proveedores en alguna de las convocatorias publicadas bajo el marco de estas bases, que son de 2016, yo recomiendo seguir siendo proveedores pues se dan casos de inadmisión por este motivo.
- Además de las bases, hay que tener en cuenta la modificación de bases realizada por Orden del 1 de agosto de 2018.
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